“Sacrifican” a ex funcionaria en el caso de las fosas de Tetelcingo

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  • Ana Lilia Guerrero Moreira, “única” responsable, acusa la Fiscalía

 

 

Jesús Castillo

Tal como lo había adelantado en declaraciones a la prensa el gobernador Graco Ramírez Garrido, la Fiscalía General de Justicia del Estado de Morelos determinó formular imputación contra la ex directora de Servicios Periciales, Ana Lilia Guerrero Moreira, como única responsable de la inhumación de más de cien cadáveres en dos fosas irregulares ubicadas en el poblado de Tetelcingo.

 

Llama la atención que después de que tanto el gobernador como el fiscal sostuvieron que las fosas de Tetelcingo no eran clandestinas ni irregulares, en la formulación de imputación de esa funcionaria, aseguran que “la inhumación de los 119 cuerpos se efectuó en un panteón irregular, donde la imputada utilizó documentos de tipo público falsos para justificar su actuar”, según se menciona en boletín 595 de la Coordinación de Comunicación Social del Gobierno estatal.

 

En la audiencia inicial celebrada en la Sala Ocho del Juzgado Tercero de Distrito, a las 13:33 horas del lunes 5 de diciembre del presente, la Fiscal María Elena Luenga Páez formuló imputación en contra de Guerrero Moreira por los delitos de uso de documentación falso; contra el respeto a los muertos y violación a las leyes de inhumación y exhumación de cadáveres.

 

Lo anterior debido a que omitieron cumplir los protocolos establecidos para la inhumación de 119 cadáveres desconocidos, entre ellos el cuerpo de Oliver Wenceslao Navarrete Hernández, Zenaida Flores Bolaños e Israel Hernández Torres, víctimas de secuestro.

 

Por ese motivo, la Fiscalía solicitó al juez, la prisión preventiva en contra de Guerrero Moreira al argumentar que existe el riesgo de que la persona imputada no compareciera a las audiencias posteriores.

 

Según la Fiscalía, y de acuerdo al peritaje de Juan Carlos Plata Guzmán, se estima que el daño ocasionado a las víctimas sería de más de 38 millones de pesos; aunado a que la persona imputada no cuenta con un arraigo domiciliario en el estado.

 

En respuesta, el abogado defensor Juan Manuel Cuellar Miranda manifestó al juzgador que la medida cautelar solicitada era desproporcional toda vez que así lo establece el artículo 19 de la Constitución Mexicana, y la situación domiciliaria ya había sido justificado.

 

Tras el debate de las partes en conflicto, el juez resolvió imponer a la persona imputada las siguientes medidas cautelares: supervisión personal, una vez al mes ante la Unidad de Medidas Cautelares y Salidas Alternas para Adultos (UMECA), y la prohibición de salir del estado y el país.

 

El juzgador fijó el día sábado 10 de diciembre para el desahogo de la audiencia de vinculación a proceso y conocer si existen elementos suficientes en contra de Ana Lilia Guerrero para ser sometida a un proceso penal por los probables delitos en su contra.

 

Cabe mencionar que el juez Arturo Ampudia Amaro exhibió su escaso conocimiento en la materia de cobertura de juicios orales por parte de los medios de comunicación, pues apercibió a los reporteros para que no dieran a conocer el nombre de la persona imputada, sin embargo y de acuerdo con jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, los derechos personales de los servidores públicos y ex servidores públicos se encuentran limitados.

 

De acuerdo con esa jurisprudencia los medios de comunicación, en apego al derecho a la libertad de expresión y del derecho de acceso a la información podemos informar de los casos en donde se encuentran implicados servidores públicos y ex servidores públicos, y dar a conocer sus nombres.

 

 

Sobre Jesús Castillo 150 artículos
Periodista con 25 años de trayectoria; Premio Estatal de periodismo 2010 y 2012. Premio Nacional de Periodismo 2013.

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