Josué Guzmán Casarrubias
El Pleno de la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN) declaró parcialmente válida la Reforma Electoral del estado de Morelos, resolviendo así la Acción de Inconstitucionalidad presentada por el Partido Encuentro Social, con número de expediente 29/2017 y acumulados, en el sentido de declarar como inválidos e inconstitucionales los artículos que establecían una residencia efectiva de 12 años para ser candidato a gobernador del estado de Morelos, por lo que la Constitución de Morelos quedará como inicialmente estaba.
Dicha reforma electoral ponía ‘candados’ al presidente municipal de Cuernavaca para participar como candidato a la gubernatura en las próximas elecciones del 2018, por lo que su partido (PES), presentó una acción de inconstitucionalidad la cual fue resuelta este día por el pleno de la SCJN.
Además de echar abajo los 12 años de residencia en la entidad para ser gobernador, invalidaron el requisito del 5 por ciento para que los partidos emergentes pudieran tener derecho a un plurinominal, y dejó la responsabilidad al INE decidir sobre la redistritación de 18 a 12 distritos de mayoría.
En relación a esta determinación de la SCJN el dirigente Nacional del PES, Hugo Eric dijo que «de nueva cuenta la justicia federal, a través de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, pone un alto a las arbitrariedades, injusticias y favoritismos que se han convertido en una práctica cotidiana y reiterada por parte del Gobierno del Estado de Morelos y del Congreso local.
«De esta manera, queda claro que Rodrigo Gayosso, hijastro del Gobernador, quien con la prepotencia que lo caracteriza, se ha empeñado en cerrar el paso a los ciudadanos que únicamente buscan un mejor porvenir y un eficaz desarrollo de todo Morelos», finalizó.
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